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Solicitud de información pública al Gobierno de Navarra

Permite solicitar información pública que obre en poder de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella

Plazo de presentación abierto Tramitación online


Plazo

Abierto todo el año.

Presentación

Presentación

Dirigido a

Cualquier persona:

  • A título individual y en su propio nombre
  • En representación y en el nombre de las organizaciones legalmente constituidas

Más información

  • Se entiende por información pública la que obre en poder de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
  • No es necesario motivar la solicitud.
  • La copia o el cambio de formato de archivos o información puede conllevar el pago de tasas.

Documentación y tramitación

Documentación

Documentación obligatoria

En la solicitud, se debe indicar:

  • Identidad del solicitante.
  • Qué información se solicita (con precisión).
  • Preferencias de la forma o el formato de acceso a la información solicitada.
  • Una dirección de contacto válida a la cual puedan dirigirse las comunicaciones a propósito de la solicitud.
  • Departamento, entidad, organismo, etc. al que dirige la solicitud.
Documentación opcional

El solicitante puede exponer, si lo desea, las razones que motivan su petición de información.

¿Cómo tramitar?

Por internet

Consulte los diferentes modos de presentar solicitudes de información pública

En las oficinas

La solicitud presencial se puede realizar: 

Las solicitudes de información pública se derivarán a las diferentes unidades orgánicas encargadas de la información solicitada. 

Pasos siguientes

  • Si la solicitud de información no es precisa, se pedirá al solicitante que la concrete, en un plazo de diez días hábiles, y se suspende el plazo para resolver. Si no concreta su petición, se entiende que desiste de solicitar la información.
  • Si la solicitud de información afecta a derechos o intereses de terceros, se comunica a los afectados. Los afectados tienen quince días para formular alegaciones. Entonces se suspende el plazo para resolver. Si los afectados no responden, se entiende que no están conformes con que se otorgue el acceso a la información solicitada.
  • Los plazos para responder a las solicitudes están especificados en las normativas. En resumen, son los siguientes:
    • En el plazo máximo de quince días desde la recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para resolverla, con carácter general.
    • En el plazo de treinta días desde la recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para resolverla, si el volumen y la complejidad de la información son tales que resulta imposible emitirla en 15 días. En ese supuesto, deberá informarse al solicitante, dentro del plazo máximo de diez días, de las razones que justifican el plazo de 30 días.
  • La resolución se formalizará por escrito y se notificará al solicitante y, en su caso, al tercero afectado.

Normativa

Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto (BON nº 125 de 28/06/2012; corr. err., BON 16/08/2012). Modificada por la Ley Foral 5/2016, de 28 de abril.

Contacto

Servicio de Gobierno Abierto y Atención a la Ciudadanía
Dirección General de Presidencia y Gobierno Abierto
Avda. Carlos III 2 2ª planta. 31002 Pamplona / Iruña
Tel. 848426174
transparencia.gobierno.abierto@navarra.es


Advertencia: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este procedimiento son las publicadas en la normativa correspondiente.

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